martes, 22 de octubre de 2019

Las Fuentes del Derecho una metafora con suerte.


Dentro de los conceptos del derecho existen teorías que puede parecer antiguas, pero son modernas como es la teoría de las fuentes del derecho según Ghersi citando a Savigny (2016) manifiesta sobre las fuentes del derecho que es un concepto popular de las ciencias jurídicas, es decir se considera que emana de la antigüedad, pero es un concepto moderno, acuñado por Savigny 

El derecho tiene el carácter esencialmente popular, nacional, humano. El derecho es obra, no de la voluntad arbitraria, según pretendía Rousseau, sino de la conciencia del espíritu del pueblo. Afirmó la importancia de la costumbre como fuente del derecho positivo, acentúo la necesidad de estudiar la historia íntima de los pueblos, como medio de penetrar en su espíritu y de comprender, así como en él se elabora el derecho, su derecho; por último, determinó que el papel del legislador no debe ser crear el derecho, inventarlo, sino más bien, depurarlo y ordenarlo en vista de las corrientes dominantes en el seno mismo de las sociedades o mejor de los pueblos”.

Entonces así se llegó a la difusión y acogida de esta teoría y que el termino “Fuentes del Derecho” es una metáfora afortunada pues se volvió muy conocida. Aguiló (2015) desarrolla la teoría de las fuentes del derecho y lo diagrama de la siguiente forma:

Es as que dentro del nacimiento de la teoría de las fuentes del derecho se ha venido desarrollando una corriente inminente de ver las fuentes como la razón de donde emanan las normas y al expresar esto se fundan en que según describe Aguiló (2015) se denominan fuentes del derecho porque son el origen de la juridicidad de las normas, porque representas en forma abstracta el hecho que la a positivizarse con la creación de la norma positiva, es así que las normas resultan siendo resultados de los denominados “hechos o actos jurídicos” que se engancha a la teoría de las fuentes formales del derecho que son el conjunto de factores jurídicos de los que depende la creación de la legislación y proyecta una imagen sistemática del derecho.
Kelsen (1982) en su libro de la teoría pura del derecho describe a las fuentes del derecho de la siguiente forma:
“Fuente de derecho es una expresión metafórica con más significado. Cabe designar así no sólo los métodos de producción de derecho arriba mencionados legislación (acto creador) y costumbre (hecho creador), sino toda norma superior, en relación con la norma inferior cuya producción regula. se denomina “fuente” pues también al] fundamento de validez jurídico-positivo de una norma jurídica, es decir la norma superior positiva que regula la producción… 
Entonces si el entendido en iuspositivismo Kelsen determina que el hecho creador recae sobre la costumbre da relevancia jurídica a la costumbre como fuente de derecho, Bobbio (1987) dice que fuentes de derecho son aquellos hechos o aquellos actos de los cuales el ordenamiento hace depender la producción de normas jurídicas.